Transparencia 2014 - 2017
En cumplimiento a lo establecido por los artículos 70 y 71 de la Ley General de Transparencia, así como los artículos 12, 13, 15 y 16 de la Ley Número 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el H. Ayuntamiento Constitucional de Perote, Veracruz, pone a su disposición la siguiente información pública:
III. Las facultades de cada Área;
IV. Las metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos;
V. Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer;
VI. Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados;
IX. Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente;
X. El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa;
XI. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación;
XIII. El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información;
XIV. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;
XV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos.
XVI. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos;
XVII. La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto;
XVIII. El listado de Servidores Públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición;
XIX. Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos;
XX. Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen;
XXII. La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable;
XXV. El resultado de la dictaminación de los estados financieros;
XXVI. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;
XXIX. Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados;
XXX. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible;
XXXI. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero;
XXXII. Padrón de proveedores y contratistas;
XXXIII. Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado;
XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad;
XXXV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención;
XXXVI. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio;
XXXVII. Los mecanismos de participación ciudadana;
XXXIX. Las actas, acuerdos y resoluciones del Comité de los sujetos obligados, así como de sus órganos de gobierno, asambleas, consejos, plenos o sus equivalentes y, en su caso comisiones, comités o subcomités, según corresponda.
XL. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos;
XLI. Los estudios financiados con recursos públicos;
XLII. El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;
XLIV. Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;
XLV. El catálogo de disposición y guía de archivo documental;
XLVIII. Información útil o relevante;
LI. Una relación de los servidores públicos comisionados por cualquier causa, incluso de carácter sindical;
LII. Los índices de expedientes clasificados como reservados, elaborados semestralmente y por rubros temáticos;
LIV. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.
Obligaciones específicas
a) Plan Municipal de Desarrollo;
b) Los objetivos, metas y acciones contenidas en sus programas;
c) Ley de ingresos y presupuesto de egresos;
d) El nombre, denominación o razón social y RFC de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo la información estadística sobre las exenciones fiscales;
e) Planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por los gobiernos municipales;
f) Disposiciones administrativas, directamente o a través de autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables, salvo que su difusión comprometa su efectos o se trate de situaciones de emergencia;
g) Gacetas municipales o publicaciones que difundan las actividades del ayuntamiento y en las que deberán estar comprendidos los resolutivos y acuerdos aprobados por el mismo;
i) Estadísticas e indicadores del desempeño de los cuerpos de policía municipal, salvo el caso de que exista convenio con el Estado;
i) Estadísticas e indicadores del desempeño de los cuerpos de policía municipal, salvo el caso de que exista convenio con el Estado;
j) Cantidades recibidas por concepto de multas, así como el uso o aplicación que se les dé;
k) Calendario con las actividades culturales, deportivas y recreativas, a realizar;
l) El calendario con horarios, número de unidad y teléfonos de servicio de recolección de basura;
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